Preguntas Frecuentes
¿Qué es el Canon?
Es el monto que le paga el Tomador al Dador, en forma periódica, por el uso del bien.
¿Cuándo comienza el Contrato de Leasing?
La vigencia del Contrato de Leasing comienza cuando el cliente dispone del bien para su utilización.
¿Qué bienes pueden ser objeto del leasing?
Bienes muebles e inmuebles, marcas, patentes o modelos industriales y software, de propiedad del Dador o sobre los que el Dador tenga la facultad de dar en leasing.
¿Cuál es la diferencia entre un Contrato de Alquiler y un Contrato de Leasing?
La diferencia es que en el Contrato de Leasing, el Tomador puede adquirir el bien objeto del mismo si ejerce la opción de compra, mientras que en el Contrato de Alquiler el bien debe ser devuelto al propietario.
¿Cuándo puede el Tomador ejercer la Opción de Compra?
La puede ejercer al finalizar el pago de los cánones o cuando ha transcurrido el 75% del plazo del contrato, y si el Tomador quisiera ejercer la opción de compra antes de transcurrido este plazo, deber ser de común acuerdo con el Dador.
¿Cómo se determina la Opción de Compra?
El precio de ejercicio de la opción de compra debe estar fijado en el contrato o ser determinable según procedimientos o pautas pactadas.
¿Cómo se determina el Plazo del Leasing?
El plazo del contrato es acordado entre las partes. Celebrando la transacción de acuerdo a lo normado por el Decreto Reglamentario es posible realizar deducciones impositivas que brindan al Tomador (Cliente) ventajas financieras óptimas frente a otros canales de financiamiento.
¿Por qué el Leasing es ventajoso frente a otras alternativas de financiamiento?
El Leasing es la alternativa que brinda financiamiento a largo plazo, sin la necesidad de desembolsos iniciales significativos. Asimismo, junto con el valor de adquisición de los equipos, es posible también financiar los costos de instalación y puesta en marcha hasta la puesta a disposición del equipo en la planta del cliente. A ello se suman ventajas de índole fiscal, financiera y operativa.
¿Cuál es la normativa aplicable en Argentina para los Contratos de Leasing?
Desde el punto de vista legal, es la Ley 25.248 de Contrato de Leasing; Impositivamente, el Decreto 1038/2000 y con relación al marco contable la Resolución Técnica Número 18 en su Sección IV. Desde ya existen diversas disposiciones que pueden relacionarse a cada una de las citadas normas, pero básicamente el marco normativo aplicable es el nombrado.
¿Qué carácter revisten los bienes a ser entregados en Leasing para el Tomador?
Para el caso del Tomador revisten el carácter de Bien de Uso, ya que el Leasing se lleva a cabo a los fines del uso y goce de los bienes.
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